lunes, 4 de septiembre de 2017

RL: Ley Federal del Trabajo

Concepto de trabajo (digno):
Se entiende por trabajo digno o decente aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo. El trabajo digno o decente también incluye el respeto irrestricto a los derechos colectivos de los trabajadores, tales como la libertad de asociación, autonomía, el derecho de huelga y de contratación colectiva.

En México existe la Ley Federal del trabajo, la cuál es la máxima Ley de Derecho Laboral y sólo está sobre ella la Constitución Política donde por primera vez en 1917 se incluyó el artículo 123 el cuál menciona lo siguiente:

           Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se                    promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.

La Ley Federal del trabajo surgió el 18 de Agosto de 1931, conformado por 16 artículos 
            

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