Concepto de trabajo (digno):
Se entiende por trabajo digno o decente aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana
del trabajador; no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad,
condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o
estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibe
capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con
condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo.
El trabajo digno o decente también incluye el respeto irrestricto a los derechos colectivos de los
trabajadores, tales como la libertad de asociación, autonomía, el derecho de huelga y de contratación
colectiva.
En México existe la Ley Federal del trabajo, la cuál es la máxima Ley de Derecho Laboral y sólo está sobre ella la Constitución Política donde por primera vez en 1917 se incluyó el artículo 123 el cuál menciona lo siguiente:
Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la
creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.
La Ley Federal del trabajo surgió el 18 de Agosto de 1931, conformado por 16 artículos
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