lunes, 11 de septiembre de 2017

RL: ¿Cómo se forma el sindicato?


EL DIRIGENTE

El dirigente sindical es el representante de los trabajadores, surgido de la base por capacidad, habilidades y aptitud, depositario de la confianza que sus compañeros le han entregado, para orientar, encauzar y defender las acciones sindicales.

Debe ser electo por su preparación, interés por la colectividad, espíritu de servicio, deseo de superación y contacto con la base; deberá conducir a los trabajadores sin desviaciones ni personalismos, para fortalecer toda acción colectiva en la mística de la autonomía sindical y el nacionalismo, y en particular la férrea unidad de los agremiados, sin intervenciones extrañas.

Estará capacitado para orientar, con claridad y oportunamente, a los trabajadores en la resolución de los problemas que atañen a la colectividad.

                EL COMITÉ EJECUTIVO EN PLENO

Entre las diferentes funciones que tiene, aquí se exponen 3 de las más relevantes:

a) Ejecutar y vigilar el cumplimiento de las normas estatutarias, reglamentos y acuerdos de asambleas, representando al sindicato con plenas facultades para atender y resolver todos los problemas que no requieran decisión de asamblea.

b) Promover todo género de actividades tendientes a la superación, estudios y bienestar de los afiliados, que conformen una nueva cultura laboral en lo técnico y económico y en lo relativo a productividad y seguridad industrial.

c) Decidir sobre admisión de socios, sometiendo las solicitudes a la aprobación de la asamblea, igual forma, sobre la adquisición o de disposición de bienes muebles o inmuebles.

                LA SECRETARÍA GENERAL

a) El secretario general es responsable de la organización; sobre él recae la responsabilidad jurídica de la dirección, la administración y la acción sindical.

b) Su representación le confiere facultades para celebración de contratos colectivos y vigilar su cumplimiento y revisión oportuna; emplazar a huelga dirigiendo todos sus procedimientos y plantear las demandas que respondan al interés sindical; comparecer ante los tribunales del trabajo y cualquier otra instancia que pudiera requerirlo; relacionarse con los organismos e instituciones afines. Ejercerá en todo momento la representatividad sindical y actuará en nombre de sus compañeros; aplicará las disposiciones de los organismos superiores confederados.

c) Convocará y presidirá las asambleas; vigilará la instalación de las mismas, su desarrollo democrático y la operatividad de los acuerdos.

                LA SECRETARÍA DE TRABAJO Y CONFLICTOS

a) Auxiliará al secretario general y lo mantendrá informado con oportunidad sobre su desempeño en las funciones que le correspondan.

b) Vigilará el cumplimiento de los contratos colectivos de trabajo, reglamentos, disposiciones de ley, estallamientos de huelga, conflictos ante las empresas, demandas individuales y colectivas, permisos sindicales, envíos de personal y todo aquello que se relacione con problemas laborales, elaborando los proyectos de convenio, procedimientos y escritos, acciones que deberán ser aprobadas por el secretario general.

c) Asistirá con su representación sindical a toda clase de audiencias y reuniones para la defensa de los intereses colectivos.

LA SECRETARÍA DE ORGANIZACIÓN

a) Es la encargada de la organización interna del sindicato. Tendrá a su cuidado el archivo general de trámites y estadísticas laborales.

b) Levantar el padrón de socios, mantenerlo actualizado en altas y bajas con todos sus datos, por empresa o establecimiento; asimismo, un directorio del comité ejecutivo, comisionados, delegados, instituciones afines y organismos confederados.

c) Convocar, de acuerdo con el secretario general, a las asambleas, mítines, actos políticos, desfiles y toda clase de eventos sindicales; siendo responsable de su organización, eficiencia y control de los miembros que asistan; verificará el quórum en aquellas reuniones para cuya instalación así lo requieran los estatutos.

LA SECRETARÍA DE ACCIÓN SOCIAL

a) Atender todos los problemas de seguridad social, seguridad e higiene en el trabajo; presentará estudios sobre medicina laboral, enfermedades, condiciones del medio ambiente en el trabajo y problemática que en el campo social afecta a los trabajadores.

b) De acuerdo con el secretario general, formular propuestas para adquirir viviendas. Proyectar mecanismos de abasto y programas de estudios básicos.

c) Promover el turismo y cultura de los trabajadores, así como la integración de la familia del obrero.

LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

a) Elaborar programas de cursos y eventos de capacitación sindical y política, educación cívica, orientación vocacional y formación profesional y técnica de los trabajadores.

b) Ajustar los programas a las disposiciones de la asamblea sobre las necesidades que los miembros presenten.

c) Integrar un cuerpo de instructores sindicales dentro de la línea de la propia organización y solicitar a los órganos superiores apoyo de orientación y difusión.

                LA SECRETARÍA DE FINANZAS

a) Es corresponsable, con el secretario general, del movimiento económico.

b) Deberá llevar al día un libro de ingresos y egresos.

c) Efectuar cortes de caja mensuales y mantener claridad de la economía en todo momento.

 

LA SECRETARÍA DE ACTAS

a) Es responsable del archivo de actas de asambleas, en libros foliados por año; autoriza y las turna al comité ejecutivo, para su forma y fe de legalidad y operatividad.

b) Leerá las actas de asamblea y dará fe de su aprobación, con las enmiendas que la misma asamblea determine.

c) Enterará a cada secretaría, delegación o comisión de los acuerdos y los registrará en libros, vigilando el seguimiento de los mismos

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario