EL DIRIGENTE
El dirigente sindical es el
representante de los trabajadores, surgido de la base por capacidad,
habilidades y aptitud, depositario de la confianza que sus compañeros le han
entregado, para orientar, encauzar y defender las acciones sindicales.
Debe ser electo por su
preparación, interés por la colectividad, espíritu de servicio, deseo de
superación y contacto con la base; deberá conducir a los trabajadores sin
desviaciones ni personalismos, para fortalecer toda acción colectiva en la
mística de la autonomía sindical y el nacionalismo, y en particular la férrea
unidad de los agremiados, sin intervenciones extrañas.
Estará capacitado para orientar,
con claridad y oportunamente, a los trabajadores en la resolución de los
problemas que atañen a la colectividad.
EL COMITÉ
EJECUTIVO EN PLENO
Entre las diferentes funciones
que tiene, aquí se exponen 3 de las más relevantes:
a) Ejecutar y vigilar el
cumplimiento de las normas estatutarias, reglamentos y acuerdos de asambleas,
representando al sindicato con plenas facultades para atender y resolver todos
los problemas que no requieran decisión de asamblea.
b) Promover todo género de
actividades tendientes a la superación, estudios y bienestar de los afiliados,
que conformen una nueva cultura laboral en lo técnico y económico y en lo
relativo a productividad y seguridad industrial.
c) Decidir sobre admisión de
socios, sometiendo las solicitudes a la aprobación de la asamblea, igual forma,
sobre la adquisición o de disposición de bienes muebles o inmuebles.
LA SECRETARÍA
GENERAL
a) El secretario general es
responsable de la organización; sobre él recae la responsabilidad jurídica de
la dirección, la administración y la acción sindical.
b) Su representación le confiere
facultades para celebración de contratos colectivos y vigilar su cumplimiento y
revisión oportuna; emplazar a huelga dirigiendo todos sus procedimientos y
plantear las demandas que respondan al interés sindical; comparecer ante los
tribunales del trabajo y cualquier otra instancia que pudiera requerirlo;
relacionarse con los organismos e instituciones afines. Ejercerá en todo
momento la representatividad sindical y actuará en nombre de sus compañeros;
aplicará las disposiciones de los organismos superiores confederados.
c) Convocará y presidirá las
asambleas; vigilará la instalación de las mismas, su desarrollo democrático y
la operatividad de los acuerdos.
LA SECRETARÍA DE
TRABAJO Y CONFLICTOS
a) Auxiliará al secretario
general y lo mantendrá informado con oportunidad sobre su desempeño en las
funciones que le correspondan.
b) Vigilará el cumplimiento de
los contratos colectivos de trabajo, reglamentos, disposiciones de ley,
estallamientos de huelga, conflictos ante las empresas, demandas individuales y
colectivas, permisos sindicales, envíos de personal y todo aquello que se
relacione con problemas laborales, elaborando los proyectos de convenio,
procedimientos y escritos, acciones que deberán ser aprobadas por el secretario
general.
c) Asistirá con su representación
sindical a toda clase de audiencias y reuniones para la defensa de los
intereses colectivos.
LA SECRETARÍA DE ORGANIZACIÓN
a) Es la encargada de la
organización interna del sindicato. Tendrá a su cuidado el archivo general de
trámites y estadísticas laborales.
b) Levantar el padrón de socios,
mantenerlo actualizado en altas y bajas con todos sus datos, por empresa o
establecimiento; asimismo, un directorio del comité ejecutivo, comisionados,
delegados, instituciones afines y organismos confederados.
c) Convocar, de acuerdo con el
secretario general, a las asambleas, mítines, actos políticos, desfiles y toda
clase de eventos sindicales; siendo responsable de su organización, eficiencia
y control de los miembros que asistan; verificará el quórum en aquellas reuniones
para cuya instalación así lo requieran los estatutos.
LA SECRETARÍA DE ACCIÓN SOCIAL
a) Atender todos los problemas de
seguridad social, seguridad e higiene en el trabajo; presentará estudios sobre
medicina laboral, enfermedades, condiciones del medio ambiente en el trabajo y
problemática que en el campo social afecta a los trabajadores.
b) De acuerdo con el secretario
general, formular propuestas para adquirir viviendas. Proyectar mecanismos de
abasto y programas de estudios básicos.
c) Promover el turismo y cultura
de los trabajadores, así como la integración de la familia del obrero.
LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
a) Elaborar programas de cursos y
eventos de capacitación sindical y política, educación cívica, orientación
vocacional y formación profesional y técnica de los trabajadores.
b) Ajustar los programas a las
disposiciones de la asamblea sobre las necesidades que los miembros presenten.
c) Integrar un cuerpo de
instructores sindicales dentro de la línea de la propia organización y
solicitar a los órganos superiores apoyo de orientación y difusión.
LA SECRETARÍA DE
FINANZAS
a) Es corresponsable, con el
secretario general, del movimiento económico.
b) Deberá llevar al día un libro
de ingresos y egresos.
c) Efectuar cortes de caja
mensuales y mantener claridad de la economía en todo momento.
LA SECRETARÍA DE ACTAS
a) Es responsable del archivo de
actas de asambleas, en libros foliados por año; autoriza y las turna al comité
ejecutivo, para su forma y fe de legalidad y operatividad.
b) Leerá las actas de asamblea y
dará fe de su aprobación, con las enmiendas que la misma asamblea determine.
c) Enterará a cada secretaría,
delegación o comisión de los acuerdos y los registrará en libros, vigilando el
seguimiento de los mismos